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Elecciones a la Junta de Andalucía (13-02-2015)

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Elecciones a la Junta de Andalucía (13-02-2015) Empty Elecciones a la Junta de Andalucía (13-02-2015)

Mensaje por Admin Vie Feb 13, 2015 2:49 pm


Estimados,

El pasado 9 de febrero se cumplió el plazo para la consulta de las listas electorales al parlamento andaluz. Os señalamos a continuación los pasos siguientes para poder votar.

RESIDENTES EN LA DEMARCACIÓN CONSULAR (CERA)

La Oficina del Censo Electoral les remitirá de oficio necesaria para solicitar el voto. Esta documentación se envía al domicilio que figura en las listas electorales.

Una vez recibida la documentación debe solicitarse el voto antes del 21 de febrero a la Delegación Provincial correspondiente, bien por fax, bien por correo ordinario. Tanto los números de fax como las direcciones de correo figuran entre la documentación que remite la Oficina del Censo Electoral Central. Posteriormente la Oficina del Censo Electoral remitirá la documentación para poder votar.


Importante: Para poder votar hay que solicitar primero el voto antes del 21 de febrero.

Importante: En el caso de los residentes CERA, la Sección Consular no interviene en la solicitud de voto, sino que cada votante debe pedir el voto por sí mismo.

Recibida la documentación para poder votar, los residentes CERA tendrán dos modalidades para poder ejercer el derecho de voto:

a) Depositar el sobre en una urna en la Embajada los días 18, 19 y 20 de marzo. Se habilitará un horario especial.

b) Mandar el voto a la Embajada por correo ordinario, antes del 17 de marzo.



RESIDENTES EN ANDALUCÍA (Inscritos como NO RESIDENTES)

Aquellos ciudadanos inscritos en la Sección Consular como NO RESIDENTES deben solicitar el voto en la Embajada antes del 21 de febrero para poder votar. Posteriormente la Oficina del Censo Electoral Central les remitirá la documentación para poder votar.


Importante: los inscritos como NO RESIDENTES obligatoriamente tienen que solicitar el voto personalmente en la Sección Consular. La Embajada se encarga de remitir el voto a la Delegación Provincial correspondiente para que envíe toda la documentación al votante.

Una vez recibida la documentación para votar, el votante deberá enviarla por correo certificado a la mesa electoral correspondiente.


Importante: los inscritos como NO RESIDENTES no pueden votar en urna en la Embajada. La Embajada tampoco remite sus votos por correo.


Atentamente,


Embajada de España en Bangkok / Embassy of Spain in Bangkok

Tfno: +66 (0)2 661 82 84-87 Fax: +66 (0)2 661 9220

Sección Consular / Consular Section: emb.bangkok.inf@maec.es

Visa: emb.bangkok.vis@maec.es

Web: www.exteriores.gob.es/Embajadas/Bangkok

193/98-99 Lake Rajada Office Complex, 23 Fl.

Ratchadapisek Road, Klongtoey, Bangkok 10110
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